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Erick Abraján Juárez

El Subsecretario de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Luis Rodríguez Bucio, confirmó la vinculación a proceso del Fiscal de Morelos, Uriel Carmona, por el delito de retardo de la justicia en las investigaciones del feminicidio de la joven Ariadna Fernanda, ocurrido en 2022.

En la conferencia matutina del Presidente de la República del día de ayer, el funcionario federal informó que según las investigaciones de la Fiscalía de Investigación Estratégica de Asuntos Especiales, el servidor público realizó manifestaciones públicas de forma falsa y maliciosa que entorpecieron de manera indebida la procuración de justicia y desvió la investigación de los hechos.

Luego de que se declarará en conferencia de prensa que la necropsia de la víctima Ariadna Fernanda no era coincidente con un feminicidio, sino que su fallecimiento se debió a una grave intoxicación alcohólica que le provocó una broncoaspiración.

Señaló que la inmunidad procesal con la que cuenta el servidor público solamente lo ampara por delitos federales, no así por la posible comisión de delitos del fuero común.

Además, precisó que la suspensión otorgada a favor del servidor público con motivo de la interposición del juicio de amparo promovido a su favor no incide en su vinculación a proceso y mucho menos en la medida cautelar de prisión justificada impuesta, al haber cambiado su situación jurídica y no ser la materia de aquella suspensión, la cual se refiere a actos diversos.

Por su parte, la fiscal capitalina, Ernestina Godoy Ramos señaló que la vinculación a proceso en contra del fiscal Morelense fue legal debido al legítimo reclamo de justicia que se han presentado ante diferentes instancias, incluida la institución que encabeza.

«Desde el inicio de las investigaciones del feminicidio de Ariadna, en la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México nos propusimos esclarecer la verdad, ubicar a los responsables y llevarlos ante la justicia”, aseguró la fiscal capitalina.

Ariadna fue encontrada en Morelos, con evidentes signos de violencia, que fueron debidamente asentados en los primeros actos de investigación, realizados en Morelos.

Godoy Ramos recordó que la propia necropsia realizada en el estado de Morelos refirió diversas lesiones externas e internas, que advertían de la muerte violenta de Ariadna Fernanda.

“Sin embargo, el hoy imputado señaló ante la opinión pública que técnicamente la necropsia no era coincidente con un feminicidio y que la causa de muerte de Ariadna había sido por una grave intoxicación alcohólica y una consecuente broncoaspiración.

“De acuerdo con nuestra investigación, Uriel “N” tenía conocimiento preciso de todas y cada una de las evidencias contenidas en su indagatoria y aun así decidió culpar a Ariadna de su propia muerte.

“Uriel “N” dio información falsa y maliciosa que no correspondía a la realidad, ni con los hechos que fueron públicos y notorios, ni con lo registrado en los actos de investigación de la propia fiscalía estatal, con lo que posiblemente entorpeció la procuración de justicia.

“La consecuencia de esta actuación, fue la obstrucción de la investigación de un delito, intentando negar con ello el acceso a la justicia a las víctimas y la impunidad para los responsables.

«Por ello, en seguimiento a la denuncia presentada por los familiares de Ariadna Fernanda, realizamos una investigación muy seria, que se nutrió de un importante número de datos de prueba como dictámenes periciales, informes policiales y entrevistas, que nos permitieron aprehender y obtener la vinculación a proceso con prisión preventiva en contra de Uriel “N”, titular de esa Fiscalía.

“Lo anterior, una vez que pudimos acreditar su posible participación en la comisión del delito de retardo de la justicia.

“Quiero destacar que la actuación de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México se ajusta estrictamente a lo que establece nuestra Constitución y la Ley.

“El servidor público imputado no cuenta con inmunidad procesal para los delitos contenidos en esta causa penal, así lo determinó de manera expresa la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando señaló que el fuero constitucional del fiscal general de Morelos sólo es aplicable para el caso de delitos federales, en términos del artículo 111, párrafo quinto de nuestra Constitución Federal, y no así para delitos del fuero común, como el que nos ocupan».

Ernestina Godoy dijo que la suspensión provisional otorgada al servidor público con motivo de la interposición del juicio de amparo promovido a su favor no incide de manera alguna en su vinculación a proceso y, mucho menos, en la medida cautelar de prisión preventiva que le ha sido impuesta al haber cambiado su situación jurídica y no ser la materia de esa suspensión.

“Quiero ser enfática: ni violamos la Constitución, ni violamos el Estado de Derecho. Combatimos la impunidad y buscamos justicia para Ariadna Fernanda. Quien sostenga lo contrario, está mal informado o busca defender lo indefendible”.

«Lo hemos dicho y lo reitero, esta Fiscalía no encubrirá a ningún servidor público, por el contrario, continuamos investigando el caso con toda la exhaustividad y el profesionalismo que se requieren para evitar la impunidad», dijo.

Por último, la fiscal opinó que una de las prioridades de la Fiscalía de Morelos está en la atención a las víctimas con perspectiva de género, enfoque diferencial y especializado, así como el garantizar una nueva manera para investigar los delitos, con especial énfasis en la justicia hacia nosotras las mujeres.

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