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LUIS RAÚL GONZÁLEZ PÉREZ*

En esta columna nos hemos referido, en reiteradas ocasiones, a la importancia del Estado democrático y constitucional de derecho (Estado de Derecho), describiéndolo como aquel donde gobernantes y gobernados se someten a la ley y los primeros tienen obligaciones precisas para generar las condiciones de una convivencia pacífica. El Estado de Derecho implica la existencia de controles políticos que eviten la arbitrariedad de la autoridad por un ejercicio excesivo del poder, de ahí que las y los gobernados hayan luchado históricamente, desde los tiempos medievales, por instituir el principio de la división de poderes dentro de la estructura de la organización de un Estado democrático.

El Estado de Derecho implica también el respeto a los derechos humanos que se traduce en que la autoridad no incida en la esfera de derechos de manera injustificada de las personas, sino que bajo el principio de igualdad sustantiva genere las condiciones para que todas, todos y todes ejerzan sus derechos. Dentro de estos derechos están los de carácter político que se traducen en que los procesos electorales y las condiciones para el ejercicio de las libertades fundamentales son su esencia. La Carta Democrática Interamericana al referir que los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y de defenderla (artículo primero), señala que la democracia representativa es la base del Estado de Derecho (artículo dos).

Continúa señalando esta Carta Democrática que los componentes del ejercicio de la democracia lo son la transparencia y la rendición de las actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública, el respeto por los derechos sociales, así como la libertad de expresión y de prensa (artículo tercero).

En México estos objetivos y contenidos los hemos asumido normativamente tanto a nivel nacional, al plasmarlos en nuestra Constitución General de la República, así como a nivel internacional al suscribir múltiples tratados en materia de derechos humanos, es decir, tenemos un diseño de un Estado de Derecho, pero deberíamos preguntarnos si el mismo, en la praxis, se viene traduciendo en un estado débil de derecho ante el desapego de quienes debiendo cumplir esas obligaciones las soslayan sin consecuencias jurídicas.

La pregunta anterior tiene sentido cuando habiendo un marco constitucional y legal en materia electoral, así como instituciones garantes en la materia, observamos que los distintos partidos políticos, por sí o en alianzas, vienen realizando actos que a los ojos de todo mundo son actos de proselitismo y de campañas políticas, aspirando a ser precandidatos de dichas instituciones políticas a la Presidencia de la República, cuya elección es en junio del 2024, y que bajo diversos eufemismos y justificaciones de que son procesos internos de las distintas organizaciones políticas, las propias entidades reguladoras, si bien con algunas acotaciones que han delineado, han dado permisividad para que las mismas continúen. Baste recordar que formalmente, de acuerdo con la Constitución y la Ley, el proceso electoral inicia en los comienzos de septiembre. A pesar de esas “alegaciones jurídicas” que pretenden justificar esos actos, las y los ciudadanos no somos ingenuos para darnos cuenta de que, de facto, hay procesos electorales en curso. Esto es debilidad del Estado de Derecho.

También en estos momentos hay un debate intenso sobre la emisión de los libros de texto y su distribución, que ha motivado reacciones de diversos sectores de la población en dos sentidos: el primero sobre sus contenidos, lo cual debe verse bajo una perspectiva de derechos de las niñas niños y adolescentes atendiendo al principio de su interés superior, y segundo, relacionado con el Estado de Derecho al ser cuestionada la omisión de observar lo previsto en las normas para su elaboración y aprobación, lo que motivó que algunas personas recurrieran a la vía amparo, y que recayera una suspensión del acto de autoridad reclamado por parte del juzgado.

Otro ejemplo patente que nos habla de ese debilitamiento del Estado de Derecho es el hecho de que los poderes ejecutivo y legislativo no hayan tenido la voluntad para designar funcionarios de diversas instituciones públicas del Estado, cuya atribución incumbe a dichos poderes. El ejemplo más palpable con repercusiones en los derechos humanos, como el de información, transparencia y protección de datos personales, es lo que acontece con el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) cuyas resoluciones dependen de que haya un quorum para sesionar de cinco consejeros de los siete previstos. El INAI, desde hace meses, tiene tres vacantes lo que le impide tomar decisiones hasta hoy por la falta de ese quorum. Confiamos que esta debilidad del Estado de Derecho sea corregida en la interpretación que haga la SCJN por la impugnación hecha por el propio INAI para que le posibilite sesionar y decidir con los cuatro consejeros en funciones.

A nivel estatal, vemos la celeridad con la que se eliminan instituciones, como es el tribunal de justicia administrativa del Estado de Oaxaca, encargado de resolver los procesos instaurados por los particulares contra el gobierno estatal y, en horas, dar paso a la creación de otro, que varía en la denominación, pero cuyo efecto es su nueva integración por parte del gobierno entrante. Será interesante ver cómo concluye este enredo a partir de la suspensión otorgada vía recurso de amparo. En el Estado de Morelos fue detenido el Fiscal General de ese Estado, y a nadie escapa las tensiones políticas que ha tenido con los Gobiernos Federal y de la Cd de México. Se le acusa por delitos vinculados a la administración de justicia por el lamentable homicidio de Ariadna Fernanda y, desde luego, tendrá que esclarecerse con pulcritud, pero gravitan cuestionamientos sobre si fue legal el proceso de detención, si se violentó una determinación de la SCJN, aunque ésta precisó que era sobre delitos federales, y los que le señalan son del fuero común, y dilucidar sobre la competencia de la fiscalía de la Cd de México. En tanto se tiene más información sobre este asunto, ojalá que los procesos jurídicos se apeguen a la ley y no propicien impunidad. El Estado de Derecho a prueba.

Nuestra solidaridad con la Comisión de Derechos Humanos de Morelos.

*Especialista en Derechos Humanos

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