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Estrella Pedroza

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHM) presentó una Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la ampliación de dos a cuatro años que otorgó por decreto el Congreso Local a Gamboa Olea; “hubo invasión de poderes”, sostuvo, Raúl Israel Cruz Hernández, ombudsperson estatal.

A principios del pasado mes de junio, diputadas y diputados del Congreso de Morelos aprobaron el decreto con el número mil doscientos treinta con el que se derogan y reforman dos numerales de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, en uno de los cambios se extiende el periodo de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de dos a cuatro años.

Mientras que en la segunda modificación, concretamente en el artículo Tercero Transitorio, se especifica que aplicará para el actual titular. El decreto fue publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” en su edición número 6206, del 5 de julio de 2023.

Para la CDHM, según establece en un comunicado de prensa, “el contenido de la disposición transitoria contraviene los principios de legalidad, seguridad jurídica, división de poderes e independencia judicial, en perjuicio de la ciudadanía y del propio Poder Judicial, debido a que, conforme a la Constitución local y los precedentes de la SCJN, la facultad para la designación de quien ocupa la presidencia del TSJ es competencia exclusiva de éste y no así de algún otro poder o ente del Estado”.

Agrega: “además de que con dicha disposición se estaría subordinado al Poder Judicial Local a tener por dos años más, a un presidente, sin que esa decisión resulte de un ejercicio democrático por sus integrantes conforme lo dispone el propio texto constitucional”.

En entrevista para La Jornada Morelos con Raúl Israel Cruz Hernández, explicó que al estar frente a una “clara intromisión a la vida interna de ese Tribunal en perjuicio de su autonomía e independencia judicial (…) desde la Comisión de Derechos Humanos, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 105 fracción II, inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se determinó demandar la inconstitucionalidad del señalado artículo Tercero Transitorio”.

Detalló que el documento se presentó el pasado 4 de agosto y este jueves fue recibido con el número 170/2023.

El presidente de la CDHM, puntualizó que “está bien que el Congreso diga cuánto tiempo dura la presidencia del Tribunal, lo que está mal es que en un transitorio individualice esa norma para que el actual dure más tiempo del que sus pares magistrados le dieron en función de otra norma anterior, siendo esta última la invasión de esferas”.

Aseguró que este acto no solo es una violación a la autonomía del Tribunal, sino que también vulnera el artículo 13 Constitucional que prohíbe normas con dedicatoria para una sola persona que se vea beneficiada. Lo cual es antidemocrático.

El ombudsperson recordó, como un antecedente emblemático, “la Ley Zaldívar que ampliaba el periodo de cuatro a seis años el periodo en la presidencia del ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la propia corte lo invalidó”.

“Lo que estamos haciendo ahora es ser congruentes con esos precedentes, porque ponen en evidencia, que esta reforma, este artículo transitorio, contraviene los mandatos constitucionales y la jurisprudencia que ha establecido la Suprema Corte”.

Esta acción de inconstitucionalidad se da justo a unas semanas de que se confrontan el presidente del TSJ Jorge Gamboa con el titular de la CDHM por una queja iniciada en su contra por presunto acoso laboral a tres mujeres que fueron despedidas en medio de un escándalo sexual en el que presuntamente estaría involucrado Gamboa.

Al ser cuestionado si se trata de una acción con trasfondo político, Cruz Hernández, respondió que “nosotros hemos sido muy consistentes en hacer las impugnaciones de leyes, esta es la novena que presentamos, ya se han resuelto si no mal recuerdo ocho, se nos ha dado la razón y se han declarado inconstitucionales estas normas, no es la primera vez que se menciona que la Comisión de Derechos Humanos se involucra en este tipo de aspectos políticos. De lo único que se trata es de política de derechos humanos ”.

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