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El cambio climático (CC) se ha convertido en uno de los desafíos más apremiantes de nuestro tiempo. Sus impactos no solo amenazan nuestros ecosistemas y economías, sino que también plantean una seria crisis de derechos humanos, tanto para las generaciones actuales como para las futuras. Es un problema que trasciende fronteras y exige una acción urgente y coordinada a nivel global. La definición proporcionada por la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático concluye que es el resultado de la actividad humana que altera la composición de la atmósfera global, exacerbando la variabilidad natural del clima y generando impactos significativos en todo el mundo.

|Estos impactos no solo abordan cuestiones medioambientales, sino que se arraigan profundamente en el tejido social y en la protección de los derechos humanos. Por ejemplo, el aumento de casos de cáncer de piel y trastornos respiratorios vulnera el derecho a la salud, mientras que la malnutrición afecta el derecho a una alimentación adecuada. Además, la exacerbación de conflictos, migraciones y flujos de refugiados pone en riesgo el derecho a la vida, a la seguridad personal y a la libre circulación. Con el aumento del nivel del mar debido al derretimiento de glaciares, muchas comunidades costeras se ven obligadas a abandonar sus hogares, lo que vulnera su derecho a la vivienda y su derecho a un nivel de vida adecuado. El inacceso al derecho al agua se perfila como futuro desencadenante de conflictos tanto a nivel nacional como internacional, eclipsando incluso al petróleo como causa principal de disputas.Principio del formulario

En un contexto más inmediato, la Opinión Consultiva OC-23/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos resalta la interconexión entre el CC y los derechos humanos. Y subraya que el derecho a un medio ambiente sano es universal y trasciende generaciones. En sintonía, la reciente conferencia COP28, celebrada a finales de 2023, ha transmitido un mensaje contundente: el CC sobrepasa las preocupaciones ambientales para convertirse en una amenaza directa para los derechos humanos, especialmente cuando se observa desde la perspectiva de la equidad intergeneracional. Esta noción subraya que nuestras acciones en el presente acarrean consecuencias ineludibles y permanentes para las generaciones futuras. En consecuencia, surge la pregunta ¿estamos fallando a las generaciones venideras al no actuar con la urgencia necesaria?

Es en este contexto que los tratados internacionales en materia de derechos humanos, suscritos por países como México, adquieren una importancia crucial. Estos tratados establecen compromisos vinculantes que obligan a los Estados a salvaguardar los derechos humanos de todas las personas, incluso frente a los desafíos del CC. En 2012, México acaparó titulares al convertirse en el primer país en redactar y promulgar una completa Ley General de Cambio Climático con el propósito de reducir a la mitad las emisiones de gases de efecto invernadero para 2050. Y ha puesto en marcha un marco institucional conglomerado en el Sistema Nacional de Cambio Climático (SINACC) orientado a propiciar sinergias para enfrentar la vulnerabilidad y los riesgos del país y establecer las acciones prioritarias de mitigación y adaptación al CC.

Desafortunadamente, estas acciones, aunque destacadas en los titulares, han quedado en gran medida como simples gestos simbólicos. Queda patente que aún no se ha hecho lo suficiente para enfrentar este desafío. Tanto las autoridades gubernamentales como las empresas y la sociedad civil tenemos un papel fundamental en la protección de los derechos humanos frente al CC. El Estado debe cumplir con sus obligaciones internacionales, adoptando políticas que protejan a las personas de sus impactos, promoviendo la participación ciudadana en la toma de decisiones climáticas y de esta forma no fallarle a nuestras generaciones venideras.

*Doctorando en Derecho y Globalización de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos