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DIGNIFICAR LA PATERNIDAD EN RECLUSIÓN

 

¿Sabía que la idea de crear el Día del Padre surgió en Estados Unidos?, concretamente en 1910, cuando Sonora Smart Dodd quiso rendir homenaje a su padre que había criado en solitario a ella y a sus cinco hermanos, en una granja de Washington; la celebración fue ganando adeptos y se extendió por todo el mundo, eso sí, con diferentes fechas y tradiciones.

México no es la excepción, en nuestro país el día del padre es celebrado el tercer domingo de cada mes de junio, aunque para algunos de ellos la fecha pase inadvertida o simplemente permanezcan ignorados, me refiero a aquellos que están en reclusión; y menciono lo anterior porque no se contempla su derecho a tener una paternidad positiva en la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Únicamente se enfoca de manera general a enunciar el derecho de las personas privadas de libertad a recibir visita familiar, sin establecer el derecho a la convivencia entre padres y sus hijas e hijos menores de edad. Tampoco podemos hablar de alguna estrategia para apoyar el ejercicio sano y responsable de su paternidad, pues se advierte que la ley carece de perspectiva de género y resulta discriminatoria al no contemplar a los hombres como posibles cuidadores.

Estadísticas

La falta de información sobre niñas, niños y adolescentes (NNA) con progenitores encarcelados nos deja en una imaginativa de cuántos padres privados de la libertad existen en todo el mundo y de cuántos NNA se encuentran separados de ellos por la misma situación, sin embargo, de acuerdo con la Unidad de Investigación y Análisis de Tendencias de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), indica que el 93% de los reos en el mundo son varones.

Existen grandes lagunas en la investigación de las necesidades de las infancias y adolescencias en este tipo de circunstancias, porque también falta información sobre cómo mantener una relación sana con su padre en prisión, cuidados paternos positivos por parte de los hombres encarcelados, y cómo proporcionar y evaluar programas de fortalecimiento familiar y de apoyo a la niñez dirigidos a este grupo.

Niños-padres tras las rejas

Sin embrago, también sirve analizar a los adolescentes, quienes se encuentran en un centro de internamiento, pero que ya tienen sus propios hijas o hijos. Recordemos que la Convención Americana de los Derechos del niño, determina que se llamará ‘niño’ a todo aquel que sea menor de 18 años.

Es posible que este grupo de padres sea aún más propenso a pasar inadvertidos en el marco legal y que, por tanto, sus hijos e hijas tengan menos probabilidades de ser tomados en cuenta en cuanto al reconocimiento de sus derechos de tener contacto con su padre.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), durante el 2022 a nivel nacional el 24.1% de la población de adolescentes en conflicto con la ley penal indicó sí tener hijos o hijas, sin embargo, no hacen la distinción entre maternidad y paternidad, resaltando la ausencia de datos oficiales de varones que se convierten en padres adolescentes.

Vulneración de derechos de NNA con padres en reclusión.

La Convención de los Derechos de la Niñez afirma que se debe proteger a niños y niñas de toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición o las actividades de su padre y que el interés superior del niño habrá de ser una consideración primordial a que se atenderá en todas las medidas que se relacionen a una niña o niño.

Además, establece que tienen derecho a mantener contacto con el padre de quien haya sido separado y a eso se suma que se violenta el derecho a un sano desarrollo pues tampoco se cuentan con instalaciones apropiadas para la convivencia en situación de reclusión.

Ahora bien, también se deben de atener a los mismos padres con programas basados en la paternidad, para permitir que adopten roles responsables y que mejoren el nivel de cuidados que éstos puedan dar a sus hijos. Estas medidas deben cubrir también a los jóvenes padres y adolescentes que se encuentren en situación de internamiento y otorgarles posibilidades de empleo para que puedan cumplir con sus propias responsabilidades.

Advierto además, que no hay un marco jurídico donde se reconozca sus derechos y atiendan sus necesidades particulares, pues la mayoría se limita a mantener contacto con sus hijos cuando éstos les visitan o a través de cartas o llamadas telefónicas.

Podría enunciar un sinfín de necesidades sobre el tema, empezando con todo lo que se planteó en esta columna. Es urgente voltear a ver a los cientos de NNA cuyos papás están en prisión, y sobre todo necesitamos dignificar la paternidad en reclusión.

*Jueza de control y enjuiciamiento especializada en adolescentes del Tribunal Unitario de Justicia Penal para Adolescentes del Estado de Morelos