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La importancia del Plan Individualizado en la ejecución de la medida de sanción de un adolescente

 

¿Sabe qué es lo que pasa con el adolescente después de que se le dicta una medida se sanción? De acuerdo con la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (LNSIJPA), se debe trabajar con él a través de un Plan Individualizado para que el adolescente logre una reducación y una reintegración familiar.

La LNSIJPA señala en su artículo 187 y 188 los lineamientos que deben atenderse para la elaboración de ese plan y que el adolescente deberá cumplir mientras se encuentre en el Centro de Ejecución de Medidas Privativas de la Libertad para Adolescentes (CEMPLA).

Esto es una herramienta que tiene como base fundamental, atender las necesidades, dificultades o condiciones específicas del adolescente, partiendo desde su historia de vida. Por esa razón es que se toma en consideración sus características particulares y sus posibilidades de cumplir con el plan, así como tomar en cuenta su opinión en todo momento.

Siendo así que, tomar en cuenta su historia de vida, es entender que algunos adolescentes durante su infancia les fueron vulnerados sus derechos como a la salud, su derecho de vivir en familia, derecho a vivir libre de violencia, derecho a la educación, derecho a la intimidad, como se pueden citar muchos más. Incluso algunos adolescentes presentan daño emocional o físico, que no les permitió el desarrollo pleno de sus capacidades y su personalidad.

Ahora bien la autoridad administrativa, conforme a lo dispuesto por el artículo 71 y 72 de la LNSIJPA, es quien se encarga a través de un equipo multidisciplinario, sobre la elaboración del plan individualizado, en donde se precisarán los objetivos particulares que se pretenden cumplir durante el proceso de reinserción social y reintegración de la persona adolescente con su familia.

Esto puede incluir actividades educativas, deportivas, culturales, laborales o formativas en las que participará, con el propósito de fomentar vínculos socialmente positivos y el pleno desarrollo de su personalidad y de sus capacidades.

Una vez elaborado, se cita a las partes a audiencia, para que el Juez de ejecución informe de manera clara, la forma en la que habrá de ejecutarse dicho plan, quién es la autoridad encargada de la supervisión o ejecución de la medida, cuáles son los derechos que le asisten durante la ejecución de la medida, las obligaciones que habrá de cumplir y los recursos que puede interponerse. Además, se ordenará la revisión periódica cada tres meses para verificar sobre la forma y las condiciones que ha cumplido o incumplido.

El Juez especializado es el facultado para garantizar a la persona adolescente a quien se le haya impuesto una medida de sanción, el goce de sus derechos previstos en la constitución y los tratados internacionales, ponderando en todo momento el interés superior del adolescente.

Retomando, una de las particularidades que atiende el plan individualizado, como es la historia de vida de algunos adolescentes que les fueron vulnerados sus derechos, es que invito a la sociedad en general, a que nuestros nuestras niñas, niños y adolescentes le sean garantizados sus derechos en el goce y disfrute de los mismos en favor de ellos.

Nos leemos en la próxima columna.

*Jueza de Ejecución de Sanciones del Tribunal Unitario de Justicia Penal para Adolescentes