loader image

 

De la usurpación al fraude electoral

(Primera parte)

 

Hace menos de dos meses, el 6 de mayo, en el artículo publicado en este diario propuse un concepto operativo que permitiera analizar y ayudar a comprender el mecanismo utilizado por los políticos, de ambos géneros, que usurpan candidaturas indígenas ya que no son indígenas. Este concepto debe ser afinado ante la realidad que vivimos en este proceso electoral 2024, que aún no concluye. La razón principal de ello es que la lucha en contra de la usurpación de candidaturas indígenas se amplió a la lucha en defensa del voto y del triunfo en las urnas de las candidaturas ocupadas por personas pertenecientes a comunidades indígenas, en contra de candidatos que, además de usurpar una candidatura indígena, orquestan un fraude electoral sabiendo que han perdido en las urnas.

Para sustentar mis reflexiones, en esta primera parte describo lo ocurrido durante el proceso electoral en un distrito indígena local en Morelos para, a partir de ello, presentar en una segunda parte mi propuesta para afinar el concepto de mecanismo de usurpación.

En la descripción del caso no se da el nombre de la persona que usurpa la candidatura indígena ni de las personas indígenas que actúan en defensa de sus derechos, esto con el fin de proteger a la población y evitar centrar la reflexión en personas específicas cuando el interés es propiciar el análisis sobre el procedimiento de usurpación en sí mismo.

El día de la Jornada Electoral, una vez cerradas las casillas y avanzado el conteo de los votos, en un municipio perteneciente a uno de los tres distritos indígenas, ocurrieron hechos violentos en varias casillas electorales. Tenemos noticia de estos hechos por los medios de comunicación y por un escrito elaborado de puño y letra por las y los consejeros integrantes del consejo Municipal Electoral del municipio en cuestión, entregado al Consejo Estatal Electoral del IMPEPAC.

En síntesis, en dicho manuscrito se manifiesta que casi a medianoche se recibieron llamadas de algunos funcionarios de casilla y capacitadores electorales que les informaron que en varias casillas del municipio en cuestión se escucharon detonaciones de arma de fuego y los funcionarios de casilla se retiraron para protegerse dejando boletas y materiales electorales abandonados en el lugar. Posteriormente fueron entregados algunos paquetes electorales que funcionarios trasladaron en una patrulla a las instalaciones del Consejo Municipal.

Resulta evidente que la cadena de custodia [1] de los votos emitidos por la ciudadanía y de los materiales electorales se rompió, es decir, las autoridades electorales perdieron el rastro de los paquetes electorales, no tienen certeza de lo ocurrido con éstos durante el tiempo que estuvieron fuera de su control y resguardo. No pueden asegurar que estos materiales no fueron manipulados, ¿Cómo aseverar que quienes tuvieron en sus manos los paquetes electorales no operaron sobre éstos? ¿Acaso marcaron en boletas sobrantes el partido o candidatura de su preferencia y colocaron el sello de votó en cualquier persona de la lista nominal que no ejerció su voto? ¿es posible que esto haya sucedido? Si es posible, las autoridades jurisdiccionales tienen que considerarlo.

El Consejo Municipal en su acta de la sesión permanente de la Jornada Electoral hace constar la recepción de los paquetes electorales correspondientes a las tres elecciones (Gubernatura, Diputaciones y Ayuntamientos) que se entregan en este consejo y el estado que estos paquetes guardaban cuando se recibieron. Podemos decir que solo el 27.7 % de los paquetes electorales recibidos se encontraban en buenas condiciones mientras que el restante 72.3 % estaba en “pésimas condiciones”.

La pregunta que aquí surge es ¿Qué tratamiento les dieron a estos paquetes, correspondientes a la elección de diputados y de la Gubernatura, en el Consejo Distrital? Antes de responderla veamos que ocurrió el día 4 de junio en dicho consejo electoral.

Serían aproximadamente las 12 del día, estando el Consejo Electoral Distrital en la sesión preparatoria al cómputo distrital, cuando se congregaron en el exterior del inmueble personas convocadas por la candidatura usurpadora para “defender su triunfo electoral”. Se comenzó gritando consignas en favor de dicha candidatura y se continuó golpeando el portón tratando de tirar las puertas. Los integrantes del Consejo Distrital (consejeros y representantes de los partidos) atemorizados pidieron protección a las autoridades de seguridad y salieron del inmueble saltando bardas atravesando dos propiedades.

Los representantes de varios partidos políticos solicitaron al Consejo Estatal Electoral (CEE) que la sesión permanente del cómputo distrital se realizara en la sede del IMPEPAC en Cuernavaca. El CEE trabajó en esta dirección, elaboró el acuerdo correspondiente y convocó a sesión urgente para aprobarlo. Sin embargo, ya en la sesión se decidió que no habría cambio de sede para el cómputo del distrito que nos atañe, ¿por qué?, la razón esgrimida es que los integrantes del Consejo Distrital no aceptaron el cambio de sede.

Al día siguiente, 5 de junio, inició la sesión permanente de cómputo distrital, todo parecía en calma, sólo la presencia de algunas personas dentro y fuera de las instalaciones del Consejo Distrital imponían su presencia, cuando era necesario de forma discreta se acercaban y amenazaban a quien consideraban actuaba en contra de sus intereses. Hubo un momento en que se mostró un arma a una de las personas participantes en la sesión de cómputo del Consejo Distrital.

Finalmente, al término de la sesión permanente de cómputo, se entregó la constancia de mayoría a la candidatura usurpadora.

Ninguna de las irregularidades ocurridas en el proceso de cómputo y resguardo de la votación ciudadana, desde lo acontecido en las casillas en el marco de la Jornada Electoral, durante el traslado de los paquetes electorales del Consejo Municipal Electoral al Consejo Distrital, en el tratamiento que se dio a los paquetes electorales cuya cadena de custodia se había roto, en el transcurso de la sesión de cómputo y recuento en la cual se ejerció coacción hacia los integrantes del Consejo Distrital (consejeros y representantes de partidos), así como intimidación hacia las personas que participaron en los grupos de trabajo para hacer el recuento, ninguna de estas irregularidades fueron manifestadas en el acta de la sesión permanente de cómputo distrital, las y los consejeros electorales por temor, por amenazas o por corrupción callaron lo sucedido y ajustaron lo necesario para cumplir con lo solicitado. El CEE del IMPEPAC simplemente cerró los ojos.

Son las personas indígenas pertenecientes a diversas comunidades ubicadas en el Distrito que nos ocupa quienes decidieron defender el triunfo indígena, presentaron un Juicio de la Ciudadanía en contra del proceso de cómputo distrital, de los resultados de la elección para la diputación y de la entrega de la constancia de mayoría a la candidatura usurpadora. Esperemos que la incidencia de dicha candidatura y de sus influencias no impida que los tribunales electorales resuelvan conforme a derecho y garanticen el respeto a la decisión de la ciudadanía expresada mediante su voto.

Sólo dos ideas finales, la primera es que son las personas y comunidades indígenas quienes defienden sus derechos, es necesario señalar que ninguno de los partidos políticos que postularon a las personas indígenas como candidatas a la diputación presentó ante los tribunales recurso alguno en la defensa de su triunfo. La segunda idea es que la lucha que las comunidades indígenas de Morelos han emprendido en contra de la usurpación de las candidaturas indígenas ha tenido resultados importantes pero el camino para alcanzar la igualdad aún es largo, la discriminación y el racismo están profundamente enraizados en la sociedad morelense, en toda, no sólo en la derecha.

[1] La cadena de custodia se ha convertido “en una de las herramientas -quizás la más importante- a través de la cual se asegura la certeza de los resultados de la jornada electoral a través del diligente manejo, guardado y traslado de los paquetes electorales; y se cuida así la evidencia que prueba quién debe acceder al poder y por qué́ es legítimo que lo haga” (SUP-JDC-1796/2016).

*Académica y Expresidenta del Impepac (2014-2020)