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Paloma Estrada Muñoz y Juliana García Quintanilla 

¿Sabías qué los Pueblos Indígenas tienen Derecho a la Libre Determinación y a su Autonomía?

De acuerdo al Artículo 2 de la Constitución Mexicana, se reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para:

I. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural.

II. Aplicar sus propios sistemas normativos…

III. Elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno…

IV. Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad.

V. Conservar y mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras en los términos establecidos en esta Constitución.

VI. Acceder, con respeto a las formas y modalidades de propiedad y tenencia de la tierra…

VII. Elegir, en los municipios con población indígena, representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad de género…

VIII. Acceder plenamente a la jurisdicción del Estado. 

Para ello, las constituciones y leyes de los Estados de la República establecerán las características de libre determinación y autonomía que mejor expresen las situaciones y aspiraciones de los pueblos indígenas en cada entidad, así como las normas para el reconocimiento de las comunidades indígenas. 

Pero ¿qué de todo esto se lleva a la práctica, qué de todo esto es una realidad? Pues la realidad de los pueblos de Morelos contradice lo establecido en la Constitución, y no porque los pueblos no lo quieran así, sino porque quienes están al frente de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal no la cumplen o no la hacen cumplir.

Los pueblos morelenses hemos luchado por siglos para vivir dignamente. Para tener un trabajo digno, para acceder a una educación sin prejuicios o estereotipos, para que en los espacios púbicos no se nos discrimine. 

Los pueblos indígenas hemos resistido los embates de quienes han pretendido el exterminio étnico de nuestra cultura. Pero hoy ya no solamente resistimos, hoy construimos y luchamos por crear un mundo mejor, más digno. 

Hoy luchamos por el reconocimiento pleno de nuestros derechos. 

Porque sí tenemos derecho, tenemos derecho a decidir cómo queremos vivir. Eso es luchar por nuestra Determinación a ser Municipio Indígena, eso es luchar por nuestra Autonomía. 

Un instrumento internacional en materia de derechos indígenas es el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El Convenio núm. 169 tiene dos postulados básicos: el derecho de los pueblos indígenas a mantener y fortalecer sus culturas, formas de vida e instituciones propias, y su derecho a participar de manera efectiva en las decisiones que les afectan. Estas premisas constituyen la base sobre la cual deben interpretarse las disposiciones del Convenio.

El Convenio también garantiza el derecho de los pueblos indígenas y tribales a decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural.

Al ratificar un convenio de la OIT, un Estado miembro se compromete a adecuar la legislación nacional y a desarrollar las acciones pertinentes de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Convenio.

El 13 de setiembre de 2007, el Convenio núm. 169 resultó reforzado mediante la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptada con una amplísima mayoría, por la Asamblea General de las Naciones Unidas. 

Con esta adopción, culminó un proceso de más de dos décadas encabezado y promovido por las organizaciones representativas de los pueblos indígenas.

Han tenido que transcurrir cientos de años y luchas de los pueblos indígenas para ser reconocidos en sus derechos colectivos a la autonomía y libre determinación, por eso no hay marcha atrás hasta lograr que esto sea una realidad cotidiana.

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